Corte Constitucional le dio el sí al Nuevo Liberalismo como partido político

 Corte Constitucional le dio el sí al Nuevo Liberalismo como partido político

La familia Galán buscaba ser reconocida como partido político por lo que, en su intento, adelantaron todo tipo de acciones en el Consejo Nacional Electoral y el Consejo de Estado, tras las negativas de las corporaciones el caso llegó a la Corte Constitucional que, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, les dio el espaldarazo.

Con una votación unánime y un impedimento del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte Constitucional revivió al Nuevo Liberalismo como partido político en Colombia. La decisión, inicialmente, estuvo en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien estudió una acción de tutela que interpusieron los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán contra la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que alegaban la personería jurídica. El togado, que fue el ponente del caso señaló que la corporación administrativa desconoció el precedente que sentó la sentencia de la Unión Patriótica ya que se limitó a comparar los casos que de alguna manera tenían relación.

Entre otras cosas, Ibáñez consideró que aunque el Nuevo Liberalismo renunció a la personería jurídica ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) por cuenta de una alianza política, lo que se debe tener en cuenta es que esta no se cumplió debido a los escenarios de violencia que padecieron en la época, empezando por el magnicidio del líder del liberalismo Luis Carlos Galán. Ahora, con este espaldarazo, los hilos políticos que, de alguna forma, ya estaban marcados para las próximas elecciones que están a 10 meses de realizarse, se cierne un nuevo panorama. No obstante, en materia política no todo está dicho, se espera una segunda decisión en la Corte sobre la personería jurídica de Colombia Humana.

“La Corte encontró que sí se configuró el ‘defecto de violación directa’ por transgresión al derecho fundamental a fundar o constituir partidos políticos, sin limitación alguna, formar parte de ellos y difundir sus ideas y programas en los términos de los artículos 1, 3, 40 numeral 3, 107 y 108 de la Constitución, lo mismo que los principios y reglas del estado social y democrático de derecho de los accionantes, tal y como lo demostraron los hechos que fueron analizados y evaluados en esta providencia”, agregó la Corte Constitucional.

Así las cosas, la Corte ordenó al Consejo Nacional Electoral que en los próximos 10 días reconozca la personaría jurídica del Partido Nuevo Liberalismo, así como el nombre y el símbolo registrados en la década del ochenta. Por otro lado, el Congreso deberá remover “obstáculos” y asegurar cambios normativos para que el Nuevo Liberalismo obtenga y conserve su personería jurídica. Asimismo, la orden de la Corte Constitucional tendrá efectos para las elecciones presidenciales de 2022.

Por lo pronto, la batalla y triunfo reciente se lo lleva la familia Galán quienes empezaron la puja por recobrar el legado del líder político, asesinado en agosto de 1989, en el Consejo Nacional Electoral (CNE) en noviembre de 2017. La solicitud era clara: que les devolvieran la personería jurídica del movimiento que se disolvió en diciembre de 1988 a raíz de un acuerdo para fusionarse con el Partido Liberal. Una unión fortalecida desde la base de participar en una consulta popular para elegir candidato único a la Presidencia en 1990. Además, pretendía apoyar reformas constitucionales, económicas y de justicia. No obstante, los propósitos de ese acuerdo fueron truncados tras la muerte de Galán.

FUENTE EL ESPECTADOR

El Pulso del Tiempo

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